Indizaci?n

Código de Ética

´

CÓDIGO DE ÉTICA Y DEONTOLÓGICO DE LA REVISTA ESTUDIOS SOBRE LAS CULTURAS CONTEMPORÁNEAS (*)

 

Hay que resaltar que la revista ESTUDIOS SOBRE LAS CULTURAS CONTEMPORÁNEAS (ESCC) tiene la misión de fungir como un espacio editorial semestral que además busca constantemente complementar su acervo con la publicación de números especiales monotemáticos, cuyo principal objetivo es la presentación y la promoción de trabajos originales de investigación o de reflexión teórica y metodológica en relación a la cultura contemporánea.
 
En este sentido los artículos científicos, ensayos y reseñas que se presentan en esta publicación apuntan explícitamente a la problemática de la cultura desde cualquier punto de vista: histórico, sociológico, antropológico, semiótico, filosófico, etcétera.
 
Por ende, la presente publicación adquiere un compromiso editorial basado en la honestidad y la excelencia, por lo que los coordinadores, editores, revisores y autores adquieren las siguientes responsabilidades:
 
  1. Garantizar la originalidad y evitar el plagio en los escritos publicados en la revista ESCC, por lo que es necesario respetar las normas de citado y los parámetros exigidos por la publicación a la hora de enviar un escrito, todo ello con la intención de respetar el trabajo de otros autores citados, así como garantizar la originalidad de las hipótesis planteadas y la veracidad de los datos proporcionados por parte de los creadores del contenido.
  2. Asimismo, es importante que los autores se comprometan a no realizar trabajos múltiples, repetitivos y simultáneos sobre las temáticas publicadas por ESCC, ya que esto atenta flagrantemente sobre la originalidad del trabajo y puede dar pie a una alteración de resultados por porte de los autores.
  3. Aunado a lo anterior, es primordial que los autores que participen en la publicación de ESCC, confirmen la veracidad en el desarrollo de su trabajo de investigación, tanto de las bases de datos, referencias teóricas, datos empíricos ya que gracias a lo anterior se verificarían de forma científica las hipótesis.
  4. También es necesario que el autor participante en ESCC proporcione siempre la indicación correcta de las fuentes y los aportes mencionados en el artículo.
  5. De igual forma, es de gran relevancia resaltar la autoría de los manuscritos tomados como sustento, por lo que es ineludible referenciar a aquellas personas que han hecho una contribución científica e intelectual significativa en la conceptualización y la planificación del trabajo, así como en la interpretación de los resultados y en la redacción del mismo.
  6. En esta tesitura, es necesario tener en cuenta que la jerarquización de los autores se debe sustentar conforme a su nivel de responsabilidad e implicación en el desarrollo de la investigación.
  7. Respecto al trabajo de los editores de ESCC, hay que señalar que, sí se considera necesario, los escritores de los artículos deberán poner a disposición también las fuentes o los datos en que se basa la investigación, situación que puede mantenerse durante un período razonable de tiempo después de la publicación y posiblemente hacerse accesible para futuras investigaciones.
  8. En lo concerniente a los posibles conflictos de intereses y de divulgación, los autores están obligados a declarar explícitamente que no hay conflictos de esta índole que puedan haber influido en los resultados obtenidos o las interpretaciones propuestas, por lo que los autores deben indicar cualquier financiación de agencias y/o de proyectos de los que surge el artículo de la investigación presentado a la revista ESCC.
  9. En el caso de existir errores en los artículos publicados, cuando un autor identifique que en su escrito existe un importante error o una inexactitud atribuible a los editores de la revista ESCC, deberá inmediatamente informar al coordinador de la publicación para subsanar dichas falencias o en todo caso publicar una “fe de erratas” o aclaración basada en la información proporcionada por el autor del artículo, dentro de un lapso de tiempo razonable.
  10. Cabe subrayar que todos los autores aceptan la responsabilidad de lo que han escrito en su trabajo científico, por lo que estos se comprometen también a que realice una revisión de la literatura científica más actual y relevante del tema analizado, teniendo presente de forma plural las diferentes corrientes del conocimiento.
  11. En lo referente a los tiempos de entrega, el revisor que no sienta competente en la temática a dictaminar o que no pueda terminar la evaluación por causas de fuerza mayor en el tiempo programado, deberá notificar de forma inmediata a la coordinación de la revista.
  12. En este sentido, los revisores se comprometen a evaluar los trabajos en el menor tiempo posible, para así respetar los plazos de entrega, dado que los límites de custodia de los manuscritos en espera de dictamen son limitados e inflexibles por respeto a los autores y sus trabajos.
  13. Cada manuscrito asignado debe ser considerado como confidencial. El sistema de evaluación el de los textos es “doble ciego”, con el cual se asegura la confidencialidad del proceso. Por lo tanto, estos textos no se deben discutir, por ningún motivo, con otras personas sin el consentimiento expreso de los editores y de los autores.
  14. La revisión será sujeta por especialistas, los cuales, desempeñaran su labor de manera objetiva, por lo que no se considera adecuado que se presenten juicios personales sobre los autores de las contribuciones.
  15. Los revisores están obligados a dar razones suficientes para sus valoraciones. Los revisores entregarán un informe crítico completo con referencias adecuadas según protocolo de revisiones de la revista ESCC y las normativas públicas para los revisores; especialmente si se propone que el trabajo sea rechazado. ESCC valora el esfuerzo y la atención en el trabajo encargado a los revisores, los cuales, en caso de detectar malas prácticas de la investigación en algún texto, deberán reportarlo directa e inmediatamente a la coordinación editorial. Los datos personales e informes de dictaminación de los revisores son de carácter confidencial y serán resguardados por la coordinación; en caso de algún inconveniente y/o reclamación de autoría, estos documentos sólo podrán ser dados a conocer mediante autorización expresa por escrito de la persona revisora.
  16. Igualmente, los autores están obligados a advertir a los editores si partes sustanciales del trabajo ya han sido publicadas o están bajo revisión para otras publicaciones.
  17. Asimismo, los revisores se comprometen a indicar con precisión las referencias bibliográficas de obras fundamentales posiblemente olvidadas por el autor. El revisor también debe informar a los editores de cualquier similitud o solapamientos del manuscrito con otros trabajos publicados.
  18. En caso de Conflicto de intereses y divulgación durante el proceso de revisión por pares debe considerarse confidencial y no puede utilizarse para propósitos personales.
  19. Los revisores solo examinarán un manuscrito si no existen conflictos de interés.
  20. Los editores tienen en sus manos la potestad para autorizar o denegar la publicación de algún trabajo.
  21. La coordinación de la revista se compromete a garantizar la selección de los revisores más cualificados y especialistas científicamente para emitir una apreciación crítica y experta del trabajo.
  22. Los editores de ESCC evaluarán los artículos enviados para su publicación sólo sobre la base del mérito científico de los contenidos, sin discriminación de raza, credo o tendencia ideológica, género, orientación sexual, religión, origen étnico, nacionalidad
  23. La coordinación de la revista ESCC se compromete a no utilizar en sus investigaciones contenidos de los artículos enviados para su publicación sin el consentimiento por escrito del autor.
  24. En lo referente a los tiempos, los editores y los autores son los responsables máximos del cumplimiento de los límites de tiempo para las revisiones y la publicación de los trabajos aceptados, para asegurar una rápida difusión de sus resultados, dentro de los plazos y formas establecidos por las normativas previamente establecidas por la revista ESCC.
  25. En caso de identificarse plagio y/o alguna mala práctica de la investigación en un artículo ya publicado en ESCC, el Comité Directivo de la revista iniciará un procedimiento de reclamación de autoría en apego al Código de Ética de la revista y con atención en los lineamientos y Casos expuestos en el Committee on Publication Ethics, COPE.

(*) Nota: Para desarrollar este Código de Ética y Deontológico de la revista Estudios sobre las Culturas Contemporáneas (ESCC) se tomaron como base los lineamientos del Committee on Publication Ethics (COPE), institución del Reino Unido, fundada en 1997, la cual busca establecer una guía de buenas prácticas para los editores de revistas cientificas.

 


 

Ultima actualización:24/02/2020

Federación de identidades UCOL.